15 de mayo de 2018

*CFP* “LOS DISCURSOS DEL ODIO”, REVISTA RAEIC



Los llamados “discursos del odio” han cobrado una inusitada importancia social en tiempos recientes. El ascenso en Europa y Estados Unidos de movimientos considerados populistas, caracterizados en ocasiones por un lenguaje rayano en lo ofensivo, así como el anonimato que brindan las redes sociales para propagar insultos y comentarios despectivos a personas y minorías étnicas, sexuales o religiosas con casi total impunidad, han contribuido a un renovado interés académico por los límites a la libertad de expresión.

Al mismo tiempo, la penalización de canciones, exposiciones de arte o comentarios en redes sociales han levantado una controversia política y legal considerable, al entenderse que el humor o la crítica social, incluso cuando incurren en observaciones de mal gusto, son consustanciales a una democracia liberal. En este sentido, un excesivo celo a la hora de mantener un discurso político civilizado podría terminar creando un clima de censura ideológica que cercenaría la vitalidad del debate democrático. 

Estrechamente relacionado con los discursos del odio se encontraría el discurso incivil, caracterizado por expresiones ofensivas y actitudes verbales poco decorosas. La incivilidad discursiva se considera un factor relevante en el descrédito de la clase política y una bajada de la participación electoral, según las investigaciones experimentales de Diana Mutz, de la Universidad de Pensilvania.

De especial atractivo resulta, pues, el estudio de los discursos del odio en Internet durante periodos electorales, en la medida en que los legisladores actúan inevitablemente a rebufo del imparable avance tecnológico. La Convención sobre el Cibercrimen del Consejo de Europa, así como su Protocolo Adicional sobre la criminalización de actos racistas y xenófobos online, han intentado ofrecer un estándar de homogeneización legal para los países signatarios. Cabe preguntarse si la difusión de noticias falsas o rumores con la intención de socavar la credibilidad de un rival electoral debería captar una atención entre los reguladores semejante al discurso del odio. 

Este dossier entiende que los discursos del odio han de abordarse desde una perspectiva multidisciplinar que dé cabida a estudios jurídicos, históricos, psico-sociológicos, antropológicos y lingüísticos. 

Algunas de las líneas sugeridas para la propuesta de artículos son:

  • Los limites de la libertad de expresión
  • Los riesgos de censura ideológica bajo el pretexto de civilidad
  • La regulación jurídica de los discursos del odio
  • Los discursos del odio en la propaganda política
  • Discursos inciviles y campañas electorales
  • Análisis critico de discursos del odio
  • Discursos discriminatorios en medios de comunicación
  • Estudios comparativos entre países
  • La relación entre incivilidad discursiva y post-factualidad

Las propuestas recibidas serán enviadas para su evaluación a un Comité de Evaluación. A continuación, se remitirá a todos los autores/as una respuesta sobre la resolución del proceso de revisión de su original. Para proteger el anonimato, el texto remitido deberá incluir en una página separada del texto principal, el nombre de autor, la dirección electrónica y postal y el currículo abreviado (máximo cinco líneas). Todos los textos propuestos estarán escritos, con carácter preferente, en español, pero también se admiten textos en catalán, gallego, francés, inglés, italiano, portugués y euskera. Los textos deberán ser originales y no estar sometidos a procesos de evaluación por ninguna otra publicación.

Los artículos que se remitan a la revista no podrán exceder las 7.000 palabras (en el recuento deberán incluir todas las palabras que figuren en el texto propuesto por los autores: sus nombres, títulos, resumen, bibliografía, etc.). Serán descartados en un inicio todos aquellos que no cumplan este requisito y las normas publicadas en la página web de esta revista.

Los artículos deberán subirse a la plataforma de la revista siguiendo el proceso indicado y respetando las normas.


MISCELÁNEA:

Además de la apertura de llamada para colaboraciones para el monográfico de “Los Discursos del Odio”, se mantiene abierta la recepción de artículos que versen sobre investigaciones sobre diversos tipos del ámbito de la comunicación para la sección “Miscelánea” de la revista. Los textos propuestos no podrán exceder las 7.000 palabras (en el recuento deberán incluir todas las palabras que figuren en el texto propuesto por lo autores: sus nombres, títulos, resumen, bibliografía, etc.). Del mismo modo que en el monográfico, serán descartados en un inicio todos aquellos que no cumplan este requisito y las normas publicadas en la pagina web de esta revista. De igual modo que en el dossier, todos los textos propuestos estarán escritos en español, deberán ser originales y no estar sometidos a procesos de evaluación por ninguna otra publicación.

Todos los artículos que cumplan las normas serán remitidos para su evaluación de forma anónima (doble ciego) y, una vez finalizado el proceso, se remitirá una respuesta a los autores de los mismos. Los artículos para miscelánea se remitirán a la Revista RAEIC. El autor/a o autores deberán subir el articulo a la plataforma de la revista (no se recibirán artículos por otra vía).

Plazo:
El plazo para la entrega de los textos definitivos será el 10 de mayo de 2019.

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